Resolución 694

Determina los honorarios por la tarea de reivisón y control de estudios y proyectos para todo tipo de obras civiles.

Resolución Nº 694
Expediente 014-alc.2 La Plata 12 de septiembre de 2001

VISTO

La necesidad de fijar una tabla básica para la determinación de honorarios por tareas profesionales de “revisión y control de estudios y proyectos de obras civiles”, en virtud de que para tal labor no se halla específicamente establecido el honorario correspondiente; y

CONSIDERANDO

Que el Decreto 6964/65 y demás normativas que aplica este Colegio de Ingenieros no contemplan esa tarea, pero si lo hacen para revisión y control de proyectos viales, normado por Resolución Nro. 2550 del 28 de Agosto de 1978 del ex –Consejo Profesional de la Ingeniería.

Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en uso de las atribuciones que le son propias, en Sesión nro. 263 del día de la fecha

RESUELVE

Determínanse los honorarios por la TAREA DE REVISION Y CONTROL DE ESTUDIOS Y PROYECTOS PARA TODO TIPO DE OBRAS CIVILES, asimilándolos a los fijados en la Resolución Nro. 2550 del ex –C.P.I., Cáp. V pág. 64, según la Tabla Básica establecida a partir de la fecha:

Hasta $11.1000,60%
De $11.101 a $55.5000,52%
De $55.501 a $111.0000,45%
De $111.101 a $333.0000,37%
De $333.001 a $1.110.0000,30%
Excedente desde $1.110.0010,22%

Comuníquese a los Colegios de Distrito. Tomen conocimiento las Areas del Consejo Superior y agréguese a sus antecedentes


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