Resolución 559

Estudio y preparación de propuesta de licitación

Expediente 1002 La Plata 2 de septiembre de 1998

VISTO

La consulta sobre una modificación del arancel profesional de “Estudio y Preparación de Propuestas en Licitaciones. regulado en la Resolución 3169/83 del ex CPI; y

CONSIDERANDO

Que efectuado el análisis y estudio de los actuados por la Comisión I de “Aranceles y Honorarios”, la misma considera: Que la tarea profesional de Estudio de Propuestas en Licitaciones es proporcional a la magnitud de la obra, reflejado por un Presupuesto Oficial; Que los honorarios, por lo tanto, deben guardar relación con la tarea a realizar; Que son válidos los considerados de la Resolución 2868/81, en sus contenidos. Que el Cuerpo aprueba el dictamen de la Comisión III sobre definición y arancelamiento de las tareas de estudio y preparación de propuestas en licitaciones;

Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en sesión nº 214 del día de la fecha

RESUELVE

Entiéndase por Trabajos previos y Presentación de Propuestas en Licitaciones, a las siguientes tareas:

a) Estudio del lugar de realización de la obra, para verificar su factibilidad y particularidades;

b) Listado de materiales a utilizar y determinación de la mano de obra necesaria;

c) Estudio de la oferta;

d) Diagrama de los trabajos a realizar, en función de los obreros y maquinarias a emplear, para la obra en el plazo fijado en la licitación;

e) Firma de todas las hojas que componen el pliego de condiciones y la oferta.

Determínese como honorario por la labor prevista en el artículo precedente, el valor emergente de aplicar una alícuota del cinco (5%) al honorario por representación técnica, considerando como valor en juego de aplicación, al presupuesto oficial de la licitación.

Consecuentemente –en tal carácter- las labores detalladas quedan incluidas dentro del artículo 1º, Título V del Decreto 6964/65.

Una vez adjudicada la licitación, podrá deducirse del honorario por representación técnica, el importe abonado al profesional por las tareas detalladas en el artículo 1º.

Derógase y sustitúyase la Resolución Nº 3169/83 del ex CPI, por la presente.

Comuníquese a los Colegios de Distrito y dése amplia difusión. Tomen conocimiento las Secretarías y Áreas del Consejo Superior. Cumplido, agréguese a sus antecedentes.

Ing. Const. ANIBAL GROSSO Secretario Consejo Superior

Ing. en Const. NORBERTO L. BELIERA Presidente Consejo Superior


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