Resolución CPI Nº 2220C.D.A. 150.140La Plata13 de septiembre de 1976

visto

Que la Comisión de Retribuciones Arancelarias, solicita se amplíe la Tabla de Valores Mínimos, establecida por Resolución N° 2114 del 24-XI-75. Que por Resolución N° 2197 del 19-VII-76 se procedió a la actualización de los valores en juego -para el tercer cuatrimestre de 1976-, para la regulación de honorarios mínimos en trabajos de arquitectura, agrimensura, agronomía y electromecánica. Que por Resolución N° 2205 del 9-VII-76 se completó la Tabla de Valores Mínimos, con la incorporación de tareas no previstas en le Resolución N° 2114; y

considerando

Que lo solicitado por la Comisión de Retribuciones Arancelarias se refiere exclusivamente a la interpretación del Art. 17 del Título I del Decreto N° 6964/65 (Arancel Vigente) en cuanto a la estimación de valores mínimos en los conceptos de días de viaje, días de gabinete y días de trabajo en el terreno;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 2° del Decreto N° 5160/74 y el Art. 21 del Decreto N° 6964/65; este Consejo Profesional de la Ingeniería, en sesión de la fecha:

resuelve

Incorporar en el rubro de honorarios mínimos, los correspondientes a los casos en que es de aplicación el Art. 17, Título I del arancel, los siguientes valores en carácter de mínimos absolutos:

Días de viaje1/2 día
Días de gabinete1 día
Días de trabajo en terreno1 día