Resolución CPI Nº 220212517La Plata26 de julio de 1976

visto

La consulta efectuada por este Organismo por un profesional, el cual solicita se le informe acerca del porcentaje que sobre el total, procede cobrar en concepto de honorarios, por las tareas profesionales consistentes en estudio y croquis previos a la conformación del anteproyecto.

Que asimismo, el interesado requiere se le informe si la materialización de una maqueta, suple los pertinentes planos de cortes, elevaciones y plantas, los que conjuntamente con la memoria descriptiva y el presupuesto global conforman la labor de anteproyecto definida por el Art. 2° del Capítulo I, Título VIII del Decreto N° 6964/65; y

considerando

Que el arancel vigente (Decreto N° 6964/65) al determinar en su Art. 8° del Capítulo II, Título VIII la discriminación correspondiente a los porcentajes de honorarios por tareas de arquitectura, no fija un porcentual a la labor motivo de la consulta, sino que engloba en su punto 1° inc. a) “estudios previos y anteproyectos” con su valor del 20% del honorario total por proyecto y dirección de obra (100%).

Que de acuerdo a la definición de “anteproyecto”, los planos pueden ser suplidos por el “conjunto de dibujos y demás elementos gráficos para dar una idea general de las obras en estudio”, no incluyéndose la “maqueta”, elemento que debe entenderse como accesorio y no de necesaria y excluyente presentación.

Que de acuerdo a lo expresado en el Art. 21, Título I del Decreto N° 6964/65, este organismo es el encargado de aclarar cualquier duda en la interpretación del arancel y de fijar el monto de los honorarios en los casos no previstos en él.

Por ello, este Consejo Profesional de la Ingeniería, en uso de las atribuciones que le son propias, en sesión de la fecha

resuelve

Determinar que la labor de "estudios previos y anteproyectos" (20% del honorario total por proyecto y dirección de obras) prevista en el Art. 8°, punto 1°, inciso a), puede descomponerse como:

  1. Estudios previos 5%
  2. Anteproyecto 15%
  3. Estudios previos y anteproyecto 20%

Determinar que la materialización de una maqueta no suple los planos de planta, cortes y elevaciones exigidos en la conformación de un anteproyecto, definido según lo establece el Art. 2° del Capítulo I, Título VIII del Arancel vigente.