Resolución Nº 9841490La Plata16 de septiembre de 2009

visto

La Resolución Nro. 977 del 15/07/09, por la cual el Colegio unifica las normativas arancelarias con vigencia a partir del 01 de Septiembre de 2009;

Que el Consejo Ejecutivo de la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, haciendo una controvertida interpretación del Acta de la Asamblea Ordinaria de Representantes llevada a cabo el 30 de junio de 2009, ha dictado la Resolución Nro. 334 el 27/08/09, por medio de la cual sustituye el Anexo II de su Resolución Nro. 329 de fecha 18/08/09, aprobando incrementos del 21,21 % en los valores de este último; y

considerando

Que la Disposición Nro. 52 dictada por la Mesa Ejecutiva con fecha 09/09/09, ad-referéndum del Consejo Superior, sustituye el Anexo I de la Resolución Nro. 977 referido a Tabla de Honorarios Mínimos, para simplicidad en el cálculo de los honorarios por parte de los matriculados y para el respectivo control de los Delegados Visadores;

Que, sin perjuicio de las acciones legales que pudiera corresponder iniciar, corresponde hacer conocer al Consejo Ejecutivo de la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos el desagrado causado entre los matriculados y dirigentes del Colegio de Ingenieros, por la resolución sobre valores referenciales para cálculo de honorarios mínimos que, a entender de nuestros Representantes, no fue tratado en la citada Asamblea.

Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en su Sesión nº 361 del día de la fecha, en uso de las atribuciones que le son propias

resuelve

Apruébase lo actuado por la Mesa Ejecutiva del Consejo Superior en función de la Disposición Nro. 052 del 09/09/09 y, consecuentemente, su Anexo I con la nueva TABLA DE HONORARIOS MINIMOS cuya vigencia regirá a partir del 1º de SEPTIEMBRE del año 2009.

Fíjase un Honorario Mínimo para cualquier tarea profesional de $ 307.-

Derógase únicamente el Anexo I de la Resolución Nro. 977 del 15/07/09, cuyo texto sustituye el Anexo I de la Disposición Nro. 052, incorporado a la presente.

Notifíquese a los Colegios de Distrito y Areas del Consejo Superior. Dése amplia difusión entre los matriculados y agréguese a sus antecedentes.

Ing. Metalúrgico Mario Gabriel CrespiSecretarioConsejo Superior
Ing. Químico y Lab. Alberto Daniel PalaciosPresidenteConsejo Superior