Resolución Nº 8761490La Plata20 de septiembre de 2006

visto

La Resolución Nro. 870 del 19/07/06, por la cual se unificaron las normativas arancelarias con vigencia a partir del 01 de octubre de 2006, estableciendo un Honorario Mínimo de $192.-; La Resolución Nro. 875 de la fecha, por la cual se fijó el coeficiente resultante de dividir el Honorario Mínimo Actual por el Honorario Mínimo Anterior, para la actualización automática de los valores en juego para las distintas tareas profesionales ya aranceladas o aún no nomencladas; y

considerando

La necesidad de actualizar las normas arancelarias en función de los nuevos valores referenciales aprobados por la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, incorporando las modificaciones habidas al respecto y continuando el sistema de tabla única.

Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en su Sesión nº 325 del día de la fecha, en uso de las atribuciones que le son propia

resuelve

Apruébanse las TABLAS DE HONORARIOS MINIMOS y de PRECIOS MINIMOS INDICATIVOS PARA DETERMINAR VALORES EN JUEGO PARA TAREAS PROFESIONALES DE INGENIERIA, cuya vigencia regirá a partir del 1º de OCTUBRE del AÑO 2006, los que han sido actualizados por aplicación del coeficiente para reajuste automático (Cº) fijado por Resolución Nro. 875; de acuerdo con los Anexos I, II y III de la presente.

Fíjase el coeficiente de actualización para el cálculo de aportes previsionales en 0,033 sobre valores monetarios del Decreto 6964/65.

Derógase la Resolución Nro. 870 del 19/07/06 y toda otra que se oponga a la presente, cuyo texto las reemplaza.

Notifíquese a los Colegios de Distrito y Áreas del Consejo Superior. Dése amplia difusión entre los matriculados y agréguese a sus antecedentes

Ing. Electrom. Oscar Alberto MolinariSecretarioConsejo Superior
Ing. Civil José María JáureguiPresidenteConsejo Superior