visto
La Resolución Nro. 850 del 10 de Agosto de 2005, por la cual se unificaron las normativas arancelarias vigentes a partir de esa fecha; y
considerando
La necesidad de actualizar dichas normativas en función de los nuevos valores referenciales aprobados por la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, incorporando las modificaciones habidas al respecto y continuando el sistema de tabla única.
Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en su Sesión nº 323 del día de la fecha, en uso de las atribuciones que le son propias
resuelve
Apruébanse las TABLAS DE HONORARIOS MINIMOS y de PRECIOS MINIMOS INDICATIVOS PARA DETERMINAR VALORES EN JUEGO PARA TAREAS PROFESIONALES DE INGENIERIA, cuya vigencia regirá a partir del 1º de OCTUBRE del AÑO 2006; de acuerdo con los Anexos I, II y III de la presente.
Fíjase el coeficiente de actualización para el cálculo de aportes previsionales en 0,033 sobre valores monetarios del Decreto 6964/65.
Derógase la Resolución Nro. 850 del 10/08/05 y toda otra que se oponga a la presente, cuyo texto las reemplaza.
Notifíquese a los Colegios de Distrito y Areas del Consejo Superior. Dése amplia difusión entre los matriculados y agréguese a sus antecedentes