Resolución Nº 778969La Plata10 de diciembre de 2003

visto

Lo establecido en la Cláusula Tercera, punto 11, del contrato de concesión del Servicio Público de Verificación Técnica Vehicular radicado en la Provincia de Buenos Aires, referido a “Representante Técnico de la Concesionaria” para tratar todos los aspectos técnicos relacionados con la concesión;

La Resolución Nro. 558 del 02/09/98, por la cual se creó la figura del Responsable y/o Representante Técnico de Taller de Verificación Técnica Vehicular (VTV) y se fijaron los honorarios mínimos para dicha tarea en la suma de Pesos Dos Mil por mes (2.000.- $/mes); y

considerando

Que se deben determinar los honorarios mínimos para el caso del Ingeniero legalmente habilitado que es designado por la Concesionaria.

Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en uso de las atribuciones que le son propias, en sesión nº 293 del día de la fecha

resuelve

Defínese la figura del REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA CONCESIONARIA DE VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR (V.T.V.) como al Ingeniero que designe la misma para tratar todos los aspectos técnicos relacionados con la concesión, de conformidad a la normativa legal vigente.

Fíjanse los Honorarios Mínimos del Representante Técnico de la Concesionaria de V.T.V. en la suma resultante de la aplicación del valor en juego (canon mensual que paga la Concesionaria al Estado Provincial, por la cantidad de tiempo de ese contrato), s/Título V -Art. 1º del Decreto 6964/65..

Comuníquese a los Colegios de Distrito y dése amplia difusión. Tomen conocimiento las Áreas del Consejo Superior. Cumplido, agréguese a sus antecedentes.