visto
La necesidad de fijar una tabla básica para la discriminación de honorarios por tareas de proyecto, en el caso de Caminos de Categoría 1ra.; y
considerando
La propuesta efectuada en su dictamen por la Comisión IV (Aranceles y Honorarios) del Consejo Superior, que el Cuerpo comparte.
Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en su Sesión nº 290 del día de la fecha, en uso de las atribuciones que le son propias,
resuelve
Determínase la discriminación de los honorarios mínimos profesionales para el caso de CAMINOS DE CATEGORÍA 1ra., en similitud con la Tabla XIX Art. 8º del Decreto 6964/65, considerando como proyecto completo la totalidad de los tres conceptos plenamente desarrollados, según la tabla siguiente:
TOTAL | 35% | |||
---|---|---|---|---|
1 | Trazado | 100% | 15% | 5,25% |
2 | Diseño geométrico | 100% | 20% | 7,00% |
3 | Proyecto de obras basicas | 100% | 20% | 7,00% |
4 | Obras de arte menores (s/ planos tipo) | 100% | 5% | 1,75% |
5 | Pavimento | |||
5a | Estudio de suelos y ensayo de mezclas | 100% | 5% | 1,75% |
5b | Proyecto del pavimento | 100% | 35% | 12,25% |
SUMAS | 100% | 35% |
TOTAL | 15% | |||
---|---|---|---|---|
1 | Bases legales generales | 100% | 10% | 1,50% |
2 | Bases legales particulares | 100% | 25% | 3,75% |
3 | Especificaciones generales | 100% | 15% | 2,25% |
4 | Especificaciones particulares | 100% | 25% | 3,75% |
5 | Estudio de propuestas | 100% | 25% | 3,75% |
SUMAS | 100% | 15% |
TOTAL | 10% | |||
---|---|---|---|---|
1 | Cómputos métricos | 100% | 40% | 4,00% |
2 | Análisis de precios y presupuestos | 100% | 60% | 6,00% |
SUMAS | 100% | 10% |
Criterios de evaluación para aplicación de la Tabla precedente:
a) La tarea del proyecto puede ser parcializada en los conceptos a), d) y e).
b) Cada concepto es completo en sí y la liquidación parcializada de honorarios se hará según los ítems que lo integran; siendo subdividibles como tareas parciales en los casos de intervención de diferentes profesionales, de tal forma que el conjunto deberá responder a su totalidad.
c) Si hubiesen sido realizadas previamente tareas parciales directamente aplicables total o parcialmente a los conceptos antes enumerados, deberá demostrarse fehacientemente con la documentación técnica antecedente, tanto la existencia de las tareas como su grado de aplicabilidad y el visado que le correspondiese a las mismas.
d) Los porcentajes mínimos asignados a cada ítem dentro del concepto a) PLANOS GENERALES DEL PROYECTO podrán ser modificados por los proyectistas, fundamentados en las características de la obra, respetando sin variar el porcentaje mínimo final correspondiente al concepto.
Notifíquese a los Colegios de Distrito. Tomen conocimiento las Áreas del Consejo Superior y agréguese a sus antecedentes.