Resolución Nº 11191490La Plata20 de noviembre de 2013

visto

La necesidad de aunar criterios sobre la Valuación Fiscal a considerar, para el cálculo de honorarios mínimos referidos a las tareas de Agrimensura; y

considerando

La propuesta de la Subcomisión de Agrimensura, consensuada por el Cuerpo.

Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en uso de las atribuciones que le son propias, en sesión nº 413 del día de la fecha

resuelve

Apruébase utilizar la Valuación Fiscal actualizada 2013, para determinar el honorario mínimo correspondiente a las tareas de AGRIMENSURA (Estados Parcelarios, Mensuras y Subdivisiones), siendo aplicable según se detalla:

Tabla de valuaciones fiscales aplicables
TareaValuación fiscal aplicable
Estados parcelarios urbanosValuación Fiscal actualizada 2013 resultante de la tarea
Estados parcelarios ruralesValuación Fiscal actualizada resultante de la tarea y el honorario así obtenido, multiplicarlo por 0,4
Mensuras urbanasValuación Fiscal actualizada 2013
Mensuras ruralesValuación Fiscal actualizada 2013 de la tierra libre de mejoras y el valor resultante se multiplica por 0,4 (coef. 1)
Subdivisión por P.H.Valuación Fiscal actualizada y se ingresa a la Tabla 21 (coef. 1)

Notifíquese a los Colegios de Distrito. Tomen conocimiento las Areas del Consejo Superior que correspondan y agréguese a sus antecedentes.

Ing. Civil José María JáureguiSecretarioConsejo Superior
Ing. en Construcciones Norberto Lorenzo BelieraPresidenteConsejo Superior