Resolución Nº 10951490La Plata17 de abril de 2013

visto

Que la Resolución Nº 1082 del 12/12/12, por la cual se aprobaron las Tablas de Honorarios Mínimos para tareas Profesionales de Ingeniería, incluidas las de Agrimensura, no contempla la labor de Levantamiento de Interdicciones en Planos de Mensura; y

considerando

Que el Cuerpo comparte el dictamen de la Comisión IV la cual, en un todo de acuerdo con la propuesta de la Subcomisión de Agrimensura, aconseja incorporar a la mencionada Tabla la tarea en cuestión y establecer una fórmula para el cálculo automático del honorario respectivo.

Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en uso de las atribuciones que le son propias, en Sesión Nro. 406 del día de la fecha

resuelve

Incorpórase a la Tabla de Honorarios Mínimos para tareas Profesionales de Ingeniería, en su inc. d) Agrimensura (para Ingenieros habilitados), la tarea de LEVANTAMIENTO DE INTERDICCIONES EN PLANOS DE MENSURA, sujeta a la siguiente fórmula para el cálculo del honorario:

1,5 HM + 1,5 HM (N-1) 1,5     donde N: Número de parcelas
v (N+1)

Notifíquese a los Colegios de Distrito y Areas del Consejo Superior. Cumplido, agréguese a sus antecedentes.

Ing. Civil José María JáureguiSecretarioConsejo Superior
Ing. en Construcciones Norberto Lorenzo BelieraPresidenteConsejo Superior