Resolución Nº 10621398La Plata15 de febrero de 2012

visto

La Resolución Nro. 1019 del 25/10/10, por la cual se regulan los honorarios para tareas profesionales de “Dirección Técnica de Empresas de Recarga de Matafuegos”, y de “Dirección Técnica de Empresas de Envasado de Gases Industriales”, según exigencias de la Secretaría de Política Ambiental que fijan pautas mínimas para su arancelamiento;

Que se han tenido en cuenta las características y el volumen de la tarea, así como el valor actual de mercado para la recarga de un matafuego común ó el envasado de gases industriales (oxígeno, acetileno y nitrógeno); y

considerando

Que el Cuerpo comparte el resultado del análisis efectuado por la Comisión IV (Aranceles y Honorarios), respecto de la necesidad de adecuar el cálculo de los honorarios, en el caso de revisión periódica de cilindros de gases industriales para las grandes empresas fraccionadoras.

Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en uso de las atribuciones que le son propias, en Sesión nro. 391 del 15 de Febrero de 2012

resuelve

Defínese la tarea de DIRECCIÓN TÉCNICA DE EMPRESAS DE RECARGA DE MATAFUEGOS, de acuerdo a las exigencias de la Secretaría de Política Ambiental, en función del volumen que maneja cada empresa.

Defínense las tareas para la DIRECCIÓN TÉCNICA DE EMPRESAS DE ENVASADO DE GASES INDUSTRIALES a realizar por los profesionales, según se detalla: ? Revisar y reunir requisitos y procedimientos para el envasado de gases. ? Registrar el equipamiento de llenado. ? Controlar el estado de los envases. ? Revisar vigencia de adecuación de envases.

Para ambos casos, y condicionado a un contrato con plazo mínimo de un (1) año de vigencia, determínanse los honorarios mínimos según la siguiente tabla:

Cantidad de matafuegos recargados
Cilindros envasados por mes
Honorarios mensuales
1 a 1001 HM
101 a 3002 HM
301 a 8003,75 HM
801 a 5.0003,75 HM
más 0,003 HM por cada matafuego adicional de 800
más de 5.00016,35 HM
más 0,001 HM por cada adicional de 5.000

Derógase la Res.Nº 1.019 del 25/10/10 y toda otra normativa que se oponga a la presente.

Comuníquese a los Colegios de Distrito. Tomen conocimiento las Areas del Consejo Superior y agréguese a sus antecedentes.

Ing. Metalúrgico Mario Gabriel CrespiSecretarioConsejo Superior
Ing. Químico y Lab. Alberto Daniel PalaciosPresidenteConsejo Superior