Ingeniero en Industrias Químicas
Universidad: Universidad Tecnológica Nacional
Especialidad: Ingeniería de Procesos
Resolución: Según Resolución (U.T.N.) Nş 145/61.
Incumbencias: Es tarea del INGENIERO EN INDUSTRIAS QUÍMICAS:
- Estudio, cálculo, proyecto, dirección construcción, instalación y puesta en marcha de los elementos de cualquier operación básica y operación unitaria química y/o las necesarias para cualquier proceso unitario químico en escala industrial o de planta piloto.
- Proyecto, dirección, instalación y puesta en funcionamiento de cualquier establecimiento industrial, en los lugares que se instalen equipos y se realicen procesos en los cuales la materia prima sufre cambios químicos y/o físico - químico.
- Realizar análisis físicos y químicos industriales, conducción de laboratorios de rutina, investigación y plantas de elaboración.
- Control e investigación de los métodos industriales en los cuales las materias primas, productos semielaborados o elaborados sufren cambios o procesamientos químicos y/o físico - químicos.
- Realizar estudios técnico - económico de operaciones y procesos unitarios de organización, relacionados con las cuestiones a que se refieren los incisos anteriores.
- Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con las cuestiones a que se refieren los incisos anteriores.
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Decreto: Según Decreto Nº 441/82.
Incumbencias: Es tarea del INGENIERO EN INDUSTRIAS QUÍMICAS:
- Estudio, planificación, facitibilidad técnico-económica, proyecto, dirección, construcción, instalación, explotación, representación técnica, puesta en marcha, operación y mantenimiento, excepto obras civiles e instalaciones eléctricas de fuerza motriz, comprendiendo la fijación del programa de necesidades y diagrama de funcionamiento de los edificios, que le sirvan de pautas básicas a los profesionales habilitados para la realización del proyecto, dirección y/o construcción de los mismos, de:
- Industrias químicas.
- Instalaciones industriales térmicas vinculadas a una industria química.
- Instalaciones industriales, en fábricas que utilicen como materia prima productos de la agricultura.
- Instalaciones industriales complementarias de industrias químicas, siempre que constituyan una parte
- Indivisible o inseparable, ya sean térmicas, eléctricas, mecánicas o de transporte y almacenaje de materiales.
- Asuntos de Ingeniería Legal, económica y financiera, relacionados con las cuestiones a que se refiere el inciso anterior.
- Arbitrajes, pericias y tasaciones, relacionados con las cuestiones a que refieren los incisos a) y b).
- Instalaciones destinadas a evitar la contaminación ambiental por efluentes gaseosos, líquidos y sólidos, originados por la industria y sus servicios, con exclusión de las obras civiles- según Decreto 1890/82.