Ingeniero Civil

Universidad: Universidad Tecnológica Nacional

Especialidad: Ingeniería Civil

Resolución: Según Resolución Nş 1732/88 del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación.

Incumbencias: Es tarea del INGENIERO CIVIL:

  1. Proyecto, factibilidad en el aspecto de Vías de Comunicación y dirección, inspección, construcción, operación y mantenimiento de:
    1. Edificios, cualquiera sea su destino con todas sus obras complementarias.
    2. Estructuras resistentes y obras civiles y de arte de todo tipo.
    3. Obras de regulación, captación y abastecimiento de agua.
    4. Obras de riego, desagüe y drenaje.
    5. Instalaciones hidromecánicas.
    6. Obras destinadas al aprovechamiento de la energía hidráulica.
    7. Obras de corrección y regulación fluvial.
    8. Obras destinadas al almacenamiento, conducción y distribución de sólidos y fluidos.
    9. Obras viales y ferroviarias
    10. Obras de saneamiento urbano y rural.
    11. Obras portuarias, incluso aeropuertos, y todas aquellas relacionadas con la navegación fluvial, marítima y aérea.
    12. Obras de urbanismo en lo que se refiere al trazado urbano y organización de servicios públicos vinculados con la higiene, vialidad, comunicaciones y energía.
    13. Para todas las obras enunciadas en los incisos anteriores la previsión sísmica cuando correspondiere.
  2. Estudios, tareas y asesoramiento relacionadas con:
    1. Mecánica de suelos y mecánica de rocas.
    2. Trabajos topográficos y geodésicos que fuere necesario ejecutar para el estudio, proyecto, dirección, inspección y construcción de las obras a que se refiere en el párrafo A.
    3. Planeamiento de sistemas de transporte en general.
    4. Estudios de tránsito en rutas y ciudades.
    5. Asuntos de Ingeniería Legal, Económica y Financiera relacionados con los incisos anteriores.
    6. Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionadas con los mismos.
    7. Higiene, Seguridad Industrial y Contaminación Ambiental relacionados con los incisos anteriores.
  3. En los Títulos desde A 3 hasta A 12 inclusive queda excluido el proyecto, dirección, inspección y construcción de los elementos que involucran procesos mecánicos, químicos, eléctricos o electrónicos, de comunicación y de control y otros que requieran el concurso de disciplinas especializadas, quedando de competencia del Ingeniero Hidráulico las obras complementarias relativas a las mismas.