Ingeniero Civil
Universidad: Universidad Tecnológica Nacional
Especialidad: Ingeniería Civil
Resolución: Según Resolución Nş 1732/88 del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación.
Incumbencias: Es tarea del INGENIERO CIVIL:
- Proyecto, factibilidad en el aspecto de Vías de Comunicación y dirección, inspección, construcción, operación y mantenimiento de:
- Edificios, cualquiera sea su destino con todas sus obras complementarias.
- Estructuras resistentes y obras civiles y de arte de todo tipo.
- Obras de regulación, captación y abastecimiento de agua.
- Obras de riego, desagüe y drenaje.
- Instalaciones hidromecánicas.
- Obras destinadas al aprovechamiento de la energía hidráulica.
- Obras de corrección y regulación fluvial.
- Obras destinadas al almacenamiento, conducción y distribución de sólidos y fluidos.
- Obras viales y ferroviarias
- Obras de saneamiento urbano y rural.
- Obras portuarias, incluso aeropuertos, y todas aquellas relacionadas con la navegación fluvial, marítima y aérea.
- Obras de urbanismo en lo que se refiere al trazado urbano y organización de servicios públicos vinculados con la higiene, vialidad, comunicaciones y energía.
- Para todas las obras enunciadas en los incisos anteriores la previsión sísmica cuando correspondiere.
- Estudios, tareas y asesoramiento relacionadas con:
- Mecánica de suelos y mecánica de rocas.
- Trabajos topográficos y geodésicos que fuere necesario ejecutar para el estudio, proyecto, dirección, inspección y construcción de las obras a que se refiere en el párrafo A.
- Planeamiento de sistemas de transporte en general.
- Estudios de tránsito en rutas y ciudades.
- Asuntos de Ingeniería Legal, Económica y Financiera relacionados con los incisos anteriores.
- Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionadas con los mismos.
- Higiene, Seguridad Industrial y Contaminación Ambiental relacionados con los incisos anteriores.
- En los Títulos desde A 3 hasta A 12 inclusive queda excluido el proyecto, dirección, inspección y construcción de los elementos que involucran procesos mecánicos, químicos, eléctricos o electrónicos, de comunicación y de control y otros que requieran el concurso de disciplinas especializadas, quedando de competencia del Ingeniero Hidráulico las obras complementarias relativas a las mismas.