Ingeniero de Sistemas Orientación Sistemas de Información
Universidad: Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires
Especialidad: Ingeniería Informática
Decreto: Según Resolución Nş 1903/83 del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación
Incumbencias: Es tarea del Ing. de Sistemas Orientación Sistemas de Información:
I.- El título de Ingeniero de Sistemas (orientación Sistemas de Información) habilita para:
1. Estudiar, proyectar, implantar, explotar, administrar, inspeccionar y dirigir sistemas empresariales o pertenecientes a ellos.
2. Realizar estudios de factibilidad y económicos vinculados a problemas de información.
3. Ejecutar por sí o con la colaboración de otros especialistas, la selección y dimensionamiento de los equipos para la Computación Automática de Datos que se requiere en una empresa.
4. Distinguir falencias de organización y conducción derivadas de la falta de información, y proponer soluciones a las mismas.
5. Organizar y conducir Centros de Cómputos.
6. Diseńar y resolver modelos de Investigación Operativa.
7. Diseńar y resolver modelos de Computación.
8. Definir y diseńar sistemas que incluyan base de Datos.
II.- El título de Ingeniero de Sistemas (orientación Ciencias de la Computación) habilita para:
1. Estudiar, proyectar, implementar, explotar, administrar, inspeccionar y dirigir sistemas computacionales de todo tipo.
2. Realizar estudios de factibilidad y económicos para la implementación de Sistemas de Computación de Datos.
3. Ejecutar por sí o con la colaboración de otros especialistas, la selección y dimensionamiento de los equipos para la Computación Automática de Datos que se requiere en una empresa.
4. Distinguir falencias de un sistema de computación de datos y proponer las soluciones a las mismas.
5. Organizar y conducir Centros de Cómputos.
6. Diseńar e implementar sistemas científicos y de cálculo.
7. Diseńar y resolver modelos de Computación.
8. Definir y diseńar sistemas que incluyan base de Datos.
9. Diseńar y resolver modelos de Investigación Operativa.
10. Obtener privacidad y seguridad de los sistemas de computación implementados.
11. Estar en condiciones de estudiar y/o desarrollar y/o modificar el Software de Base de computadores.