Ingeniero Naval Mecánico

Universidad: Universidad de Buenos Aires

Especialidad: Ingeniería Mecánica

Decreto: Según Ordenanza Nş 1514/53 (U.B.A)

Incumbencias: Es tarea del Ing. Naval Mecánico:

a) Estudio, proyecto, construcción y mantenimiento de barcos;

b) Asuntos de Ingeniería Legal, Económica y Financiera, relacionados con los incisos anteriores;

c) Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados en las cuestiones a que se refiere el inciso a).

d) Estudio, proyecto y construcción de máquinas;

e) Estudio, proyecto, dirección ejecución, explotación y mantenimiento de sistemas e instalaciones para la generación, transmisión y distribución de energía mecánica y térmica;

f) Idem de sistemas e instalaciones para transporte y almacenaje de sólidos y fluidos;

g) Idem de sistemas e instalaciones de tracción mecánica;

h) Idem de sistemas e instalaciones de calefacción y refrigeración;

i) Idem de sistemas e instalaciones neumáticas;

j) Idem de talleres, fábricas e industrias;

k) Asuntos de Ingeniería Legal, Económica y Financiera, relacionados con los incisos anteriores;

l) Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con las cuestiones a que se refieren los incisos comprendidos entre el a) y el g).

 

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Decreto: Según Resolución Nş 520/77 (U.B.A)

Incumbencias: Es tarea del Ing. Naval Mecánico:

a) Estudio, proyecto, dirección y construcción de buques y artefactos flotantes, incluyendo todos los servicios e instalaciones mecánica.

b) Estudio, proyecto, dirección y ejecución de transformación y grandes reparaciones de buques.

c) Inspección de buques para su reclasificación y certificación de su navegabilidad.

d) Estudio, proyecto y dirección de astilleros y talleres navales mecánicos.

e) Estudio, dirección y ejecución de salvamento y desagüe de buques.

f) Estudio, proyecto, dirección y construcción de generadores de vapor y de máquinas térmicas.

g) Estudio, proyecto y construcción de máquinas y mecanismos en general.

h) Estudio, proyecto, dirección y construcción de sistemas e instalaciones para la producción y transmisión de energía mecánica y térmica.

i) Estudio, proyecto, dirección y ejecución de sistemas de calefacción, aire acondicionado y refrigeración.

j) Estudio, proyecto, dirección y construcción de sistemas e instalaciones para el transporte y almacenaje de fluidos.

k) Asuntos de ingeniería legal, económica y financiera relacionados con los incisos anteriores.

l) Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con las cuestiones que se refieren los incisos a) y j).

 

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Decreto: (Planes 1975) Según Resolución Nş1235/83. (U.B.A)

Incumbencias: Es tarea del Ing. Naval Mecánico:

a) Estudio, proyecto, dirección y construcción de buques y artefactos flotantes, incluyendo todos los servicios e instalaciones mecánicas.

b) Estudio, proyecto, dirección y ejecución de transformación y reparaciones de buques.

c) Inspección de buques para su reclasificación y certificación de su navegabilidad.

d) Estudio, proyecto y dirección de astilleros y talleres navales y mecánicos.

e) Estudio, dirección y ejecución de salvamento y desagüe de buques.

f) Estudio, proyecto, dirección y construcción de generadores de vapor y de máquinas térmicas.

g) Estudio, proyecto y construcción de máquinas y mecanismos en general.

h) Estudio, proyección, dirección y construcción de sistemas e instalaciones para la producción y transmisión de energía mecánica y térmica.

i) Estudio, proyecto, dirección y ejecución de sistemas de calefacción, aire acondicionado y refrigeración.

j) Estudio, proyección, dirección y construcción de sistemas e instalaciones para el transporte y almacenaje de fluidos.

k) Asuntos de ingeniería legal, económica y financiera relacionados con los incisos anteriores.

l) Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con las cuestiones que se refieren los incisos a) a j).

m) Asuntos concernientes a la higiene y seguridad del trabajo, relacionados con los incisos a) a j).

n) Enseńanza de los conocimientos básicos, técnicos y científicos de los temas contenidos en la carrera en todos los niveles, de acuerdo con las reglamentaciones al respecto e investigación relacionada con esos conocimientos.

 

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Decreto: Según Resolución Nş 525/88 (U.B.A)

Incumbencias: Es tarea del Ing. Naval Mecánico:

a) Estudio, proyecto, dirección y construcción de buques y artefactos flotantes, incluyendo todos los servicios e instalaciones mecánicas.

b) Estudio, proyecto, dirección y ejecución de transformación y reparaciones de buques.

c) Inspección de buques para su reclasificación y certificación de su navegabilidad.

d) Estudio, proyecto y dirección de astilleros y talleres navales y mecánicos.

e) Estudio, dirección y ejecución de desagüe de buques.

f) Estudio, proyecto, dirección y construcción de generadores de vapor y de máquinas térmicas.

g) Estudio, proyecto y construcción de máquinas y mecanismos termomecánicos y fluidomecánicos en general.

h) Estudio, proyección, dirección y construcción de sistemas e instalaciones para la producción y transmisión de energía mecánica y térmica.

i) Estudio, proyecto, dirección y ejecución de sistemas de calefacción, aire acondicionado y refrigeración.

j) Estudio, proyección, dirección y construcción de sistemas mecánicos térmicos y fluidos mecánicos, su transporte y almacenaje.

k) Asuntos de ingeniería legal, económica y financiera relacionados con los incisos anteriores.

l) Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con las cuestiones que se refieren los incisos a) a j).

m) Asuntos concernientes a la higiene y seguridad del trabajo, relacionados con los incisos a) a j).