Ingeniero Electrónico

Universidad: Universidad de Buenos Aires

Especialidad: Ingeniería Eléctrica

Decreto: Según Resolución Nş 1235/83 (U.B.A) Plan 1979

Incumbencias: Es tarea del Ing. Electrónico:

I) Análisis, estudio, proyecto, cálculo, planificación, instalación, dirección, organización, programación, control, operación, mantenimiento, inspección, asesoramiento, representación técnica y explotación de:

1. Sistemas, subsistemas, equipos e instalaciones para las telecomunicaciones por alambres, cables y ondas electromagnéticas, privadas y públicas.

2. Sistemas, subsistemas, equipos e instalaciones para la computación, procesamiento y transmisión de datos.

3. Sistemas, subsistemas, equipos e instalaciones para telemetría y control remoto.

4. Sistemas, subsistemas, equipos e instalaciones para la difusión y transmisión de sonidos, imágenes y datos por líneas, cables u ondas electromagnéticas de cualquier frecuencia.

5. Sistemas, subsistemas, equipos e instalaciones para seńalizaciones y difusión sonoros y luminosos.

6. Sistemas, subsistemas, equipos e instalaciones electroacústicos.

7. Sistemas, subsistemas, equipos e instalaciones para control y procesamiento eléctrico, electrónico y electromecánico.

8. Componentes, equipos e instrumentos electromecánicos, eléctricos, y electrónicos.

9. Sistemas, subsistemas, equipos e instalaciones electrónicos que se utilicen para la generación, transporte y distribución de la energía eléctrica.

10. Sistemas, equipos e instalaciones de fuerza motriz o alumbrado, en plantas industriales y viviendas.

11. Sistemas y equipos electrónicos que se utilicen en tracción electromecánica.

12. Sistemas y equipos electrónicos que se utilicen en instalaciones electrotérmicas y electroquímicas.

13. Asuntos de ingeniería legal, económica y financiera relacionados con los incisos anteriores.

14. Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con los incisos anteriores.

15. Higiene, seguridad industrial y contaminación ambiental en todo lo relacionado con los temas de incumbencia.

16. Organización, investigación, desarrollo y dirección de estudios vinculados con los incisos anteriores.

II. Enseńanza de los conocimientos básicos, técnicos y científicos de los temas contenidos en la carrera, en todos los niveles, de acuerdo con las reglamentaciones al respecto e investigación relacionadas con esos conocimientos.