Ingeniero en Construcciones

Decreto: Según Decreto 8775/58.

Incumbencias: Es tarea del INGENIERO EN CONSTRUCCIONES:

  1. Cálculo estructural, dirección y construcción sin intervención en el programamiento, solución, estudio y proyecto general, de las siguientes obras:
    1. Obras de riego, desagües y drenajes.
    2. Obras portuarias, incluso aeropuertos y todas aquéllas relacionadas con la navegación.
    3. Obras destinadas al aprovechamiento de la energía hidráulica.
    4. Obras de saneamiento, urbanos y rurales.
    5. Obras de conexión y regulación fluvial.
  2. Estudio, proyecto, dirección y construcción de las siguientes obras:
    1. Edificios.
    2. Obras de arte para caminos y ferrocarriles.- Cruces ferroviarios a nivel.
  3. Trabajos topográficos, determinaciones geodésicas simples. -Según Decreto 2260/60-.
  4. Asuntos de Ingeniería legal relacionados con las cuestiones indicadas en los apartados precedentes.
  5. Arbitrajes, pericias y tasaciones, relacionados con las cuestiones indicadas en los apartados 1), 2) y 3).

Por Resolución 1655/73 el Título de Ingeniero en Construcciones habilita para actuar de Representante Técnico de empresas constructoras de obras sanitarias, de redes cloacales y de distribución de agua.

Por Resolución Nş 577 del Consejo Académico de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de La Plata.

Los Ingenieros en Construcciones que hayan completado su carrera dentro de los planes de estudios vigentes hasta 1980 están habilitados, desde el punto de vista académico y como alcance de “Trabajos Topográficos y Geodésicos” y “Trabajos Topográficos: Determinaciones Geodésicas Simples” para realizar:

  1. Mensuras, replanteos y subdivisiones urbanas y rurales.
  2. Mensuras para la afectación de edificios al régimen de la Ley de Propiedad Horizontal (Ley 13512).

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Resolución: Según Resolución Nº 1560/80 del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación.

Incumbencias: Es tarea del INGENIERO CIVIL:

  1. Estudio, factibilidad y proyecto de:
    1. Edificios cualquiera sea su destino, con todas sus obras complementarias.
    2. Estructuras resistentes de todo tipo, previa definición de sus necesidades funcionales por el especialista correspondiente.
    3. La previsión sísmica de las mismas cuando correspondiere.
    4. Dirección, inspección, construcción y mantenimiento de:
    5. Edificios cualquiera sea su destino, con todas sus obras complementarias.
    6. Obras civiles y obras de arte de todo tipo.
  2. Estudios, tareas y asesoramientos relacionados con:
    1. Mecánica de suelos y mecánica de rocas.
    2. Trabajos topográficos y geodésicos.
    1. a. Trabajos topográficos que fuere necesario ejecutar para el estudio, proyecto, dirección, inspección y construcción de las obras a que se refiere el párrafo A.

    (Se tomará uno de los incisos anteriores 2 ó 2a según el contenido y extensión de los programas correspondientes del curriculum de la carrera).

    1. Asuntos de Ingeniería Legal, Económica y Financiera relacionados con los incisos anteriores.
    2. Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con los mismos.
    3. Higiene, Seguridad Industrial y contaminación ambiental relacionados con los incisos anteriores.