Ingeniero Agrónomo Orientación Producción Agropecuaria

Decreto: Según Decreto 1126/79.

Incumbencias: Es tarea del INGENIERO AGRÓNOMO ORIENTACIÓN PRODUCCIÓN AGROPECUARIA:

  1. Dirección, inspección y docencia de las Escuelas de Agricultura y Ganadería, Colonias Agrícolas, Chacras y Estaciones Experimentales, Semilleros y Viveros de la Administración Pública.
  2. Los cargos que requieran conocimientos técnicos de su especialidad, como ser: organización, dirección, explotación o inspección de mercados de productos agropecuarios, bosques, plantíos, laboratorios agrícolas, etc., del Estado o Municipalidades. En las organizaciones privadas de igual condición, la fiscalización oficial y el asesoramiento y representación de las mismas, cuando sea necesaria la intervención fiscal.
  3. Organización y dirección de exposiciones de productos agropecuarios, propaganda y estudio de las mismas, en el país y en el extranjero, cuando intervenga el Estado.
  4. Estudio, proyecto y dirección de las obras de urbanismo, en cuanto se refieren al trazado de plazas y parques y arbolados y ornamentación floral de las poblaciones.
  5. Estudio, proyecto y dirección de construcciones agrícolas y demás instalaciones de explotación rural.
  6. Obra de riego, desagüe y/o drenaje de predios, con destino a explotación agronómica.
  7. Asesoramiento en todos los proyectos de fraccionamiento de tierras, con fines de colonización agrícola, siempre que esté fijada la intervención fiscal o instituciones oficiales.
  8. Asesoramiento para la determinación de unidades económicas en las divisiones rurales.
  9. Administración de establecimientos rurales, cuando sean intervenidos por el Estado o entidades oficiales, o judicialmente, cuando no pueden ser designados los interesados o parientes.
  10. Valuación fiscal de propiedades rurales o intervención en los casos de expropiaciones.
  11. Asuntos de ingeniería legal relacionados con las cuestiones a que se refieren los incisos anteriores.
  12. Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con las cuestiones a que se refieren los incisos a) a k), incluidos predios rústicos y productos agropecuarios.